Viernes 22 de febrero de 2013| por EFE, AFP
La Suprema Corte de Justicia (SCJ) de Uruguay declaró este viernes inconstitucional una ley de 2011 que había determinado que los delitos cometidos en la última dictadura (1973-1985) eran imprescriptibles, informó el organismo judicial en un comunicado, aunque aclaró que esto no significaba el archivo automático de este tipo de causas.
La ley cuestionada fue aprobada en octubre de 2011 por el oficialista Frente Amplio (izquierda) con la meta de derogar de hecho una norma de 1986 que frenó durante años los juicios a militares por violaciones de los derechos humanos, y cumplir con un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que ordenó a Uruguay investigar y juzgar los delitos de la dictadura.
“Lo que la Corte hace es declarar inaplicables 2 artículos en un caso concreto. Ahora los jueces dirán de qué modo esa declaración de la Corte incide en cada proceso”, explicó Raúl Oxandarabat, vocero de la SCJ.
LOS ARTÍCULOS EN CUESTIÓN
Uno de los artículos cuestionados sostenía que “no se computará plazo alguno, procesal, de prescripción o de caducidad” entre el 22 de diciembre de 1986 y la vigencia de esa ley, para los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado hasta el 1º de marzo de 1985.
El otro declaraba que los delitos cometidos durante la dictadura “son crímenes de lesa humanidad de conformidad con los tratados internacionales”.
La Corte justificó su decisión en que la cuestionada ley viola el principio de no retroactividad.
SE PUEDE SEGUIR INVESTIGANDO
Sin embargo, Oxandabarat aclaró que esto no significa el archivo automático de todas las causas abiertas por aquellos crímenes.
Remarcó que “los jueces tienen independencia para aplicar lo que quieran” en los procesos que llevan adelante. “Cómo el juez resuelve la situación eso es problema del juez”, reiteró.
Según el vocero, “las vías por las que se puede seguir investigando son múltiples” sólo que los jueces no podrán aplicar esos artículos para procesar a implicados en violaciones de derechos humanos.
De hecho, “se vuelve a la situación anterior, cuando hubo jueces que usaron otras leyes” para procesar a militares y civiles por estos delitos, añadió.
MARCHA DE REPUDIO
Pese a estas aclaraciones de la SCJ, la decisión causó el rechazo de diversos partidos políticos y agrupaciones cívicas.
El Frente Amplio ya convocó junto con la asociación de Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos y el PIT-CNT una marcha en silencio para el próximo lunes a las 19 horas en la Plaza Libertad.
Por su parte, Néstor Luzardo, integrante de Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos y hermano de Roberto Luzardo, fallecido en 1973 en el Hospital Militar, dijo a El Observador que el fallo de la Suprema Corte "no llama la atención". "Es un hecho más de la impunidad que existe en el país y una sumatoria al caso de la jueza (Mariana) Mota", declaró.
Algunos sectores ya han anunciado solicitudes de juicio político en contra del Alto Tribunal de Justicia.
La Suprema Corte de Justicia (SCJ) de Uruguay declaró este viernes inconstitucional una ley de 2011 que había determinado que los delitos cometidos en la última dictadura (1973-1985) eran imprescriptibles, informó el organismo judicial en un comunicado, aunque aclaró que esto no significaba el archivo automático de este tipo de causas.
La ley cuestionada fue aprobada en octubre de 2011 por el oficialista Frente Amplio (izquierda) con la meta de derogar de hecho una norma de 1986 que frenó durante años los juicios a militares por violaciones de los derechos humanos, y cumplir con un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que ordenó a Uruguay investigar y juzgar los delitos de la dictadura.
“Lo que la Corte hace es declarar inaplicables 2 artículos en un caso concreto. Ahora los jueces dirán de qué modo esa declaración de la Corte incide en cada proceso”, explicó Raúl Oxandarabat, vocero de la SCJ.
LOS ARTÍCULOS EN CUESTIÓN
Uno de los artículos cuestionados sostenía que “no se computará plazo alguno, procesal, de prescripción o de caducidad” entre el 22 de diciembre de 1986 y la vigencia de esa ley, para los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado hasta el 1º de marzo de 1985.
El otro declaraba que los delitos cometidos durante la dictadura “son crímenes de lesa humanidad de conformidad con los tratados internacionales”.
La Corte justificó su decisión en que la cuestionada ley viola el principio de no retroactividad.
SE PUEDE SEGUIR INVESTIGANDO
Sin embargo, Oxandabarat aclaró que esto no significa el archivo automático de todas las causas abiertas por aquellos crímenes.
Remarcó que “los jueces tienen independencia para aplicar lo que quieran” en los procesos que llevan adelante. “Cómo el juez resuelve la situación eso es problema del juez”, reiteró.
Según el vocero, “las vías por las que se puede seguir investigando son múltiples” sólo que los jueces no podrán aplicar esos artículos para procesar a implicados en violaciones de derechos humanos.
De hecho, “se vuelve a la situación anterior, cuando hubo jueces que usaron otras leyes” para procesar a militares y civiles por estos delitos, añadió.
MARCHA DE REPUDIO
Pese a estas aclaraciones de la SCJ, la decisión causó el rechazo de diversos partidos políticos y agrupaciones cívicas.
El Frente Amplio ya convocó junto con la asociación de Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos y el PIT-CNT una marcha en silencio para el próximo lunes a las 19 horas en la Plaza Libertad.
Por su parte, Néstor Luzardo, integrante de Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos y hermano de Roberto Luzardo, fallecido en 1973 en el Hospital Militar, dijo a El Observador que el fallo de la Suprema Corte "no llama la atención". "Es un hecho más de la impunidad que existe en el país y una sumatoria al caso de la jueza (Mariana) Mota", declaró.
Algunos sectores ya han anunciado solicitudes de juicio político en contra del Alto Tribunal de Justicia.
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